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Causa AMIA:

Importante fallo de la Cámara Nacional de Casación Penal referido
El pasado 15 de diciembre se conoció el dictamen de la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal referido a como debe continuar la causa que investiga el atentado a la AMIA.
En fallo unánime los tres jueces integrantes de esa Sala, los doctores Gustavo Mitchell, Luis García y Guillermo Yacobucci, establecieron que la causa debe volver al juzgado de instrucción, a cargo del juez Canicoba Corral y que el fiscal, Alberto Nisman, “emprender un reexamen para determinar si los elementos de convicción no alcanzados por la nulidad (del tribunal oral) son a su juicio suficientes para promover la realización de un nuevo juicio con el fin de determinar la responsabilidad de Telleldín o, en su caso, qué temperamento corresponde adoptar”.
Ocurre que luego que, a fines de mayo, la Corte Suprema de Justicia aceptará parcialmente de lo solicitado en el Recurso Extraordinario presentado por la querella unificada (AMIA y DAIA) y la querella de Familiares y Amigos de las víctimas del atentado a la AMIA, el expediente volvió a la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Final para que estableciera como debía proseguirse la investigación.
Conocido el fallo del Tribunal Oral Federal Nº 3 (TOF 3)que declaró la nulidad de toda la investigación realizada por el juez de instrucción, Juan José Galeano, como consecuencia del pago de 400.000 dólares a Telleldín, la querella unificada y la de los Familiares apelaron y la Sala II de la de la Cámara Nacional de Casación Penal resolvió rechazar la apelación y convalidar el fallo del TOF3, lo que hizo que ambas querellas presentaran un pedido de Recurso Extraordinario a la Corte Suprema de Justicia, la que luego de varios años de analizar la sentencia decidió que lo investigado hasta el 31 de octubre de 1995 no correspondía ser anulado, y si todo lo siguiente. Esto significaba que era válida toda la investigación relacionada con el armado del vehículo utilizado como coche bomba, y por lo tanto quien loa había armado, Carlos Telleldín, volvía a ser imputado.
Conocido el fallo de la Corte Suprema el fiscal Nisman solicitó que se prohíba a Telleldín salir del país, lo que fue aceptado por la jueza federal María Servini de Cubría, quien subrogaba a su colega Rodolfo Canicoba Corral durante la feria judicial del mes de julio pasado, con la finalidad de “neutralizar los riesgos procesales que atenten contra la realización del proceso penal”.
En aquel momento el fiscal Alberto Nisman justificó su solicitud en declaraciones periodísticas de la siguiente manera. “Queríamos asegurarnos de que se hiciera presente en el juzgado si teníamos que llamarlo a declarar. Ahora Casación tiene que dictar un nuevo fallo siguiendo los lineamientos dados por la Corte, pero queremos garantizar que el juicio pueda realizarse y que Telleldín esté a derecho”.
Debemos aclarar que si bien fue la misma Sala, la segunda, de la Cámara Nacional de Casación Penal la que hace unos años convalidó el fallo del TOF y ahora, siguiendo lo indicado por la Corte Suprema, decidió que debe continuarse la instrucción en base a los elementos existentes ingresados en el expediente hasta el 31 de octubre de 1995 y solicitarle al fiscal su opinión, su integración se modificó, y sólo uno de los camaristas, el doctor Gustavo Michell participó en los dos dictamenes.
Luego de que se hiciera público el dictamen de la Sala II de la Cámara, se conocieron declaraciones de la doctora Marta Nercellas, letrada de la DAIA, esperanzada de que en base de nuevas pruebas no sólo se vuelva a juzgar a Telleldín sino también a los policías.
Si bien responsables de AMIA y DAIA consideraron positivo lo resuelto, no aventuraron ningún tipo de especulación respecto a lo que puede suceder.
Mientras tanto Carlos Telleldín está intentando que se cierre la causa, aduciendo que debido al tiempo transcurrido, más de 15 años, del momento en que se produjo el atentado, la misma habría prescripto, y por ende el delito que se le imputa.
Pero como el juez Canicoba Corral sostiene que no prescribe pues el atentado a la AMIA es un crimen de lesa humanidad al haber contado con la participación de un Estado: el iraní.
Esta diferencia de criterios hará que nuevamente se interpongan apelaciones, que harán demorar nuevamente el avance de la causa, pese a lo cual tanto la AMIA como la DAIA deberán decidir que harán respecto a sus patrocinios letrados: si mantendrán los actuales o los cambiarán. Cuándo lo harán, es muy difícil de predecirlo, pero creemos que es una medida que se deberá tomar lo antes posible.

 

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