La Voz Judía


La Voz Judía
Causa AMIA: Polémico fallo será apelado por AMIA-DAIA
Por Ben Jaim

El pasado viernes 29 a las 17.30 hs., las partes intervinientes en el juicio por el atentado contra AMIA-DAIA, recibieron de manos del Tribunal Oral Federal No. 3 (TOF 3) el informe conteniendo los fundamentos de la sentencia por la cual fueron dejados en libertad los imputados por su participación en la “conexión local” de dicho ataque terrorista.
Luego de algunas vicisitudes el Tribunal decidió escuchar los pedidos que le formularan las autoridades comunitarias para cambiar el horario primigenio de las 20.30 hs. que coincidía con el shabat y pasarlo a las 17.30 hs. En cambio se negó a prolongar el plazo para contestar el fallo que fue fijado en 10 días corridos. Cabe recordar que el informe consta de más de 4.500 carillas, requiriendo un esfuerzo sobrehumano el completar su lectura en tan poco tiempo.
No fue tarea fácil tampoco lograr consensuar entre las partes querellantes la presentación de una apelación conjunta ante la Cámara de Casación Penal. AMIA se oponía en sus comienzos a apelar el fallo, pero luego primó el sentido común que señalaba que ese era el camino correcto.
Hasta donde trascendió públicamente, el informe del Tribunal no agrega ningún nuevo elemento contundente que fundamente la exculpación de los acusados. En relación a varios de los indicios presentados como prueba por la querella, los jueces del Tribunal apelan a calificativos tan poco imparciales como decir que son “poco creibles” o “ilógicos y absurdos”.
Así califican indicios tan importantes como, por ejemplo, la extraña coincidencia del viaje del ex comisario Ribelli a Ciudad del Este, centro sospechado como refugio de fundamentalistas, pocos días antes del atentado. O la extraña concordancia de su alojamiento en el mismo hotel en que se alojaban los rescatistas israelíes que vinieron a colaborar en la remoción de escombros; Ribelli no sólo estaba en el mismo hotel sino que además tenía una habitación contigua a la de los rescatistas. Tampoco dieron crédito los jueces a los indicios que señalan que el armador de autos truchos Telleldín debió conocer el destino de la Traffic que entregó a los policías involucrados. Como por arte de magia, toda la prueba colectada por la investigación y presentada por la querella y la Fiscalía, se esfumó, convirtiéndose según la opinión coincidente de los jueces Gordo, Larrambebere y Pons en una especie de historia fantasiosa y maquiavélica inventada por el Juez Galeano persiguiendo, según sus términos, “espurios intereses”. En consecuencia, para el Tribunal esta fue una maniobra de Galeano para acusar a inocentes policías y dicho juez deberá afrontar el juicio político correspondiente. Pero también la acusación se extiende a todos aquellos que de una u otra manera colaboraron con el juez, o siguieron sus argumentos, o controlaron su accionar sin expresar oposición (como por ejemplo los integrantes de la Comisión Bicameral de seguimiento al juicio, entre los cuales se encuentran el ex Vicepresidente Carlos “Chacho” Alvarez), con lo cual un amplio abanico de ex funcionarios y magistrados deberán ser investigados y rendir cuenta de sus actuaciones.
Ellos podrían ser considerados casi como cómplices de la maniobra.
Por extensión, la sentencia podría llegar también a involucrar en ese maléfico pacto a las propias víctimas que se constituyeron en parte querellante y dieron verosimilitud a las actuaciones de Galeano. Por lo pronto, el ex titular de la DAIA, Dr. Rubén Beraja deberá responder a la acusación de falso testimonio que se le imputa, por haber declarado en el juicio haber desconocido en su momento la existencia del pago de dinero a Telleldín.
Estimado lector: si Ud. cree estar asistiendo a una comedia de absurdos, no se equivoca. Salvo que estamos hablando del Juicio más importante del estado argentino. Y estamos hablando nada más y nada menos que de un acto terrorista, cuyos autores intelectuales fueron nada menos que militantes fanáticos del fundamentalismo islámico que aspira a barrer de la faz de la Tierra todo vestigio de judaísmo y de civilización occidental. ¿Ud. cree que el Tribunal tuvo en cuenta algunas de estas consideraciones al gastar 4500 fojas banalizando las pruebas presentadas y haciendo caer todo el peso de la ley en quienes según su parecer armaron una gran estafa nacional?
Hoy estamos a fojas cero. ¿Será muy extremo pensar que la causa AMIA esta definitivamente enterrada junto con todas las víctimas del atentado, al igual que la causa por el atentado a la Embajada de Israel? En la Argentina ningún ciudadano puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, con lo cual ninguno de los liberados por la sentencia del TOF 3 podrá ser llevado nuevamente a juicio aún cuando llegaran a confirmarse algunas de las incontables pistas presentadas y que los involucraba en la conexión local. Y como, por otra parte, ningún país respondió a ninguno de los exhortos reclamando sean extraditados al pais para su enjuiciamiento los sospechosos de ser responsables ideológicos del atentado, tampoco veremos nunca el rostro de los criminales internacionales.

DE ESO NO SE HABLA
Resulta inexplicable la poca o nula importancia otorgada por el Tribunal a ciertos hechos relacionados con la causa y que hubieran podido resultar trascendentales al momento de evaluar las distintas responsabilidades de los imputados. Por ejemplo, se ha dado un perfil muy bajo al hecho de que la confesión de Telleldín involucrando a los policías, puesta en tela de juicio por haber mediado el pago de los 400.000 dólares, figura en un escrito de su puño y letra que le entregara al periodista Román Lejtman con la finalidad de ser publicado a modo de libro. Tal borrador le fue presentado a Lejtman antes del mencionado pago de los 400.000 dólares, y la operación no se concretó por no haberse puesto de acuerdo con el pago que Telleldín reclamaba. Vale decir que lo confesado por Telleldín a posteriori del pago, no tuvo por qué haber sido fruto de un chantaje de Galeano a fin de acusar a los policías. Salvo que pensemos que Telleldín mintió dos veces: una por motu propio y otra para recibir una recompensa.
Lejtman inexplicablemente no se presentó espontáneamente a declarar sobre este episodio y hubo que convocarlo ex profeso. Sabido es que el diario en que escribe, Página 12, a todas luces oficialista, es el que con más fuerza sostiene la postura del Tribunal y el que no pierde oportunidad de ensuciar a la dirigencia de la DAIA.

 

Nro 358 Jeshvan del 5765 / Noviembre de 2004

Redacción y Administración: Lavalle 2168 Of. 37 ( C.P. 1051) de 15.30 a 18.00 Hs.
Tel.: 4953-7132 / Telefax.: 4961-0954

Tribuna Judía
Una voz que ahonda en las raices judías

Aparece quincenalmente
Director: Prof. Pedro E. Berim
Diseño y Diagramación: Luminaria Design

Propietario
Unión de Israel en la argentina (U.D.I.)

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual #187.257