Comunidades


Periódico Judío Independiente
“Si estoy únicamente para mí ¿Qué soy? (Pirkei Avot, 1:14)
" Se pelean por las sobras de la cosecha"

Por Por Gabriel Minkowicz[1] Lydia N. Garchtrom[2]
El título aparecido en la edición de la sección “The New York Times International Weekly” publicada por el diario Clarín en su edición del 11 de abril de 2015, nos lleva a reflexionar sobre una problemática candente en el territorio europeo, y que aún ni la existencia de la Comunidad Europea le otorga una solución. En la referida publicación se hace mención a que en España, más exactamente en Villafranca de los Baños, dada la grave situación de carencia económica los campos son invadidos luego de la recolección oficial de la cosecha, por recolectores que penetran en los campos juntando los restos caídos de lo cosechado. Ellos completan de esta manera sus magros ingresos, constituyendo esto un aporte importante para su canasta alimentaria familiar diezmada por el flagelo económico que los azota. Esta situación resultante de las penurias económicas que golpean en el ámbito territorial europeo, también acarrea una situación de competencia con otros ciudadanos comunitarios, en este caso los rumanos que luchan también por completar su magra subsistencia.
Esta noticia y siendo que no hace muchos días atrás el pueblo judío ha celebrado la festividad de “Shavuot”, también conocida como Fiestas de las Primicias o de la Cosecha (Éxodo 23), nos lleva a reflexionar sobre estos temas económicos que ya fueron visualizados y solucionados por el judaísmo. Desde tiempos remotos, tanto en la Torá Oral (Torá Shebehal Peh) y luego en la Torá escrita (Torá Shebijtav) la temática del pobre fue tratada, dando reglas de vida para paliar sus carencias. Es que el judaísmo, a través de la Torá, plantea preceptos que tienen por objeto mejorar la calidad de vida y la relación social entre los seres humanos. Tomando como premisas básicas la existencia de una solidaridad social cuyo fundamento se encuentra en: Ama a tu prójimo como a ti mismo (Levítico 19:18) y que implica fundamentalmente una regla básica a seguir, cuyo objetivo es preservar la vida y los bienes de nuestro prójimo para de esa manera lograr la paz, la armonía y el amor entre las personas.

La calificación de los pobres a los cuales se deberá protección en aras del cumplimiento de una Justicia Social (Tzedakáh o asistencia al necesitado, emparentada

lingüísticamente con la palabra hebrea Tzedek o justicia) que nos involucra como sociedad y a cuyo cumplimiento nos vemos compelidos como judíos. Este imperativo legal, que hoy vemos afectado, tiene por destinatarios a la viuda, al huérfano y al extranjero y fue enunciado en la Torá para cubrir sus necesidades alimentarias. Es así como en la Torá aparecen descriptas tres instituciones: el lequet, la shijejá y la peá Dice la Torá “Cuando haces la cosecha de tus tierras no debes recoger el fruto hasta los últimos rincones del campo, ni recoger la cosecha de uvas hasta el último racimo, ni recoger del suelo el fruto que se haya caído; debes dejarlo para los pobres o los forasteros” (Levítico 19:9-10). Al respecto también puede leerse “Y cuando segaréis la mies de vuestra tierra, no acabarás de segar el extremo de tu campo [Pea], ni espigarás tu tierra segada [Leket], para el pobre y para el extranjero los dejarás, yo soy el Eterno, vuestro Dios” (Levítico 23:22). En este sentido respecto de shijejá ver también Deuteronomio 24:19. Si bien muchos de los preceptos fueron dados para cumplir entre miembros del pueblo judío en la Mishná, Guitin 61, se enuncia respecto de leket, shijejá y pea que todas estas partes del campo no le pertenecían al dueño sino que eran para que se pueda alimentar a los pobres y por Darjei Shalom debemos permitir que tomen también de nuestros campos los no judíos también. No debemos discriminar a un pobre por su credo o étnia.
La Guemará, de manera maravillosa, extiende este concepto a muchas otras cosas que "legalmente" o por lo menos desde la Torá no estamos obligados a cumplir pero por Darjei Shalom lo hacemos, manteniendo económicamente tanto al pobre judío como al pobre no judío; visitando tanto al enfermo judío como al enfermo no judío. La Halajá muchas veces hace distinciones entre judíos y no judíos pero en relación a estas cuestiones dice que en aras de la paz, del mantenimiento de la hermandad entre los judíos y sus vecinos debemos obrar da la misma manera. Cuando hacemos Bikur Jolim (la visita a un enfermo) la hacemos tanto a un familiar judío como a un amigo no judío, lo que importa allí es el enfermo no su credo.
Dentro de este concepto podemos destacar otro hecho significativo y es que no hay humillación en el que recibe la ayuda social de subsistencia, ya que el dueño del campo ni el pobre o el extranjero se verán mutuamente ,por la disparidad de horarios establecida para la labor diaria y la recolección de semillas, constituyendo de esta manera el grado máximo de tsedakah, que a decir de Rambam, en su código Mishne Torá está constituído por el que ayuda a su semejante a mantenerse mediante un regalo o un préstamo,…ayudándolo a mantenerse por sí mismo.
A lo expresado se debe adicionar que existen mitzvot para los que no hay medida fijada:
la esquina de tu campo (peah), las Primicias, el ejercicio de las obras de misericordia y el estudio de la Torá. Estas son las cosas cuyo fruto puede disfrutar el hombre en este mundo y cuyo capital permanece a su favor para la vida futura :el respeto al padre y a la madre, la caridad y el restablecer la paz entre un hombre y su prójimo. Pero el estudio de la ley aventaja a todas ellas. (Mishna :1:1)
De la legislación impuesta por la Torá se desprende un humanismo, poco conocido por otras civilizaciones de la misma época y más aún por las actuales, ya que una situación totalmente solucionada en la antigüedad plantea aún hoy discrepancias en la moderna legislación que rige la Comunidad Europea.

[1] Rabino de la Comunidad Hebrea Dr. Herz.. Es también: Abogado y Procurador en la Facultad de Derecho de la U.B.A, Doctorado en Psicología Social, de la Universidad Argentina John F. Kennedy, y ahora realiza su investigación posdoctoral en Ciencias Jurídicas en la Facultad de Derecho, UBA. Ganador de varias becas internacionales, ejerce la docencia universitaria en Derecho Hebreo en la Facultad de Derecho de la U.B.A.; Profesor Titular de la Licenciatura en la Escuela de Estudios Orientales de la Universidad del Salvador, y Profesor invitado de la Universidad Austral y de la UCA.
[2] Lydia Norma Garchtrom, es graduada como abogada y Licenciada en Criminología en la Facultad de Derecho de la UBA. Con Títulos de postgrados de las Facultades de Derecho de las Universidades de Buenos Aires (Argentina ) y Salamanca (España) en temas de Derecho Europeo y Comercio Internacional, Derecho Internacional Público y Privado.

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